¿Qué pasa si vine en busca de asilo y ahora quiero regresar a mi país? Respondemos tus preguntas de inmigración – Univision Noticias

Dos inmigrantes nicaragüenses llegaron en distintas fechas a la frontera sur de Estados Unidos, se entregaron a las autoridades federales de inmigración y solicitaron asilo argumentando que sus vidas corrían peligro.

A ambos, después de una entrevista de miedo creíble, los dejaron entrar, a uno con un grillete y el otro con un teléfono para que se reporten periódicamente mientras continúan sus procesos migratorios en la Corte de Inmigración (EOIR).

Tras varios meses de espera, sin un permiso de trabajo y sin certeza en el futuro a mediano plazo en Estados Unidos, cada quién por su lado tomó la decisión de regresar. Pero no saben cómo hacerlo, si tienen que tramitar un permiso o presentarse a un aeropuerto y abordar un vuelo, aunque uno de ellos no tiene pasaporte.

Respondemos a estas y otras consultas sobre inmigración que nos llegan a la redacción de Univision Noticias. Puedes enviarnos la tuya a: jcancino@univision.net .

El caso de Andrés

Andrés envió un correo electrónico a la redacción de Univision Noticias en el que cuenta: “lo que pasa es que tengo una inquietud y también un poco de miedo. Quisiera regresar a mi país. Migración de Estados Unidos (fue detenido por la Patrulla Fronteriza y procesado) sabe que estoy acá, ya que yo me entregué y apenas llevo tres meses en el país”.

“¿Qué debo hacer para poder salir sin ningún problema? Quiero irme voluntariamente sin deportación. ¿Qué me recomiendan?”, agrega.

Hay algunos pasos que dar “antes de emprender el regreso”, dice Ezequiel Hernández, un abogado de inmigración que ejerce en Phoenix, Arizona y colabora frecuentemente con la redacción de Univision Noticias. “Todo depende de cómo entró y en qué fase se encuentra el proceso para pedir asilo en Estados Unidos”.

Hernández dice que si la persona “sólo está en algún programa de monitoreo (por parte de las autoridades federales de inmigración) y no ha aplicado para asilo ante la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) y no le han emitido una Notificación de Comparecencia (NTA), no tendrá mayor dificultad para irse”.

“Cuando llegue a la frontera, ya sea terrestre o aérea, y lo fichen, no van a encontrar nada. Técnicamente podría marcharse entregando el grillete o el teléfono que le dieron y adiós”, agrega.

“Pero si recibió una NTA y una cita ante un juez de inmigración en su caso de deportación donde tendrá la oportunidad de pedir asilo, le aconsejo que se presente a la audiencia y pida una salida voluntaria”, precisó Hernández.

El caso de Francisco

Francisco tiene un problema similar al de Andrés, pero más complejo porque no tiene pasaporte. “Quiero regresar a Nicaragua, pero no tengo un pasaporte”, señala. “Cómo puedo viajar en un avión o salir en bus? Sólo tengo una cédula de identidad”.

Hernández dice que, en este caso, “lo mejor es llamar o acudir al consulado de su país de origen y pedir un pasaporte o una identificación válida que le permita salir de Estados Unidos ya sea en avión o autobús”.

El abogado agrega que, además, “debe tener en cuenta los mismos consejos entregados a Andrés”, respecto a si ya tiene una cita ante un juez por medio de una NTA o solamente lo ficharon y está esperando que lo llamen para que se presente a la corte de inmigración.

Por otra parte, Hernández indica que los inmigrantes que se entregan en la frontera y son admitidos para luego solicitar asilo, además de colocarles un grillete o colocarlos en otro sistema del Programa Alternativo de Detención (ATD), como un teléfono móvil, “les entregan un documento que los identifica” el que pueden utilizar para abordar un vuelo.

“Lo más probable es que la agencia de inmigración le permita hacerlo. Lo que no sabemos es si en su país de origen las autoridades locales reconocen como válido ese documento y le permitan entrar”, precisó.

Por su parte, Hernández dijo que “si Francisco ya aplicó para asilo a la USCIS (por medio del Formulario I-589), “es recomendable que escriban una carta indicando que quieren abandonar el proceso para que quede registro”, en caso de que en el futuro quieran regresar a Estados Unidos.

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La salida voluntaria

En cuanto a la “salida voluntaria” mencionada por Andrés, los abogados consultados por Univision Noticias advirtieron que, si un inmigrante la pide y la forma, “debe cumplir con la fecha de salida”.

Lo primero que debe tener en cuenta una persona que firmó una salida voluntaria y se quedó, “es que cuando se cumple la fecha y la hora de la salida y no se fue, la salida se convierte automáticamente en una orden final de deportación”, explica José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.

En segundo lugar, “que al individuo le cae encima la denominada Ley del Castigo”, agregó.

La Ley del Castigo mencionada por Guerrero sanciona con tres años fuera al inmigrante que pasa más de 180 días indocumentado en Estados Unidos, y con 10 años si la permanencia no autorizada pasa de los 365 días.

Cumplida la penitencia, el inmigrante debe iniciar un trámite consular para tramitar un perdón y solicitar una visa que le autorice viajar nuevamente a Estados Unidos.

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