Conozca los nuevos requisitos para viajar a Estados Unidos – La Noticia – La Noticia

Con el avance de la pandemia del COVID-19, la llegada de una nueva cepa del virus y un nuevo gobierno, en las últimas horas se han implementado una serie de requisitos para viajar a Estados Unidos por vía aérea.

Estas normas buscan disminuir el vertiginoso contagio del nuevo coronavirus; para el 24 de enero una 25 millones de personas habían contraído COVID-19 en Estados Unidos; y más de 417,000 perdieron la vida.

Requisitos para viajar a Estados Unidos

Mascarillas en aviones y aeropuertos

El 21 de enero el presidente Joe Biden firmó una orden ejecutiva que exige el uso de mascarillas en cualquier medio de transporte masivo (como un avión) en el territorio estadounidense, así como en los aeropuertos.

Cuarentena

Adicionalmente se recomienda una cuarentena voluntaria de los recién llegados, sin embargo aún no está claro cómo se implementará esta medida o en que lugares, por ejemplo, de momento a los viajeros que lleguen a Carolina del Norte no se les exige una cuarentena, según los CDC.

Prueba negativa de COVID-19

Desde el martes 26 de enero del 2021 todas las personas mayores de dos años que viajen a Estados Unidos deben presentar una prueba negativa de COVID-19 para poder ingresar al país, según los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC en inglés).

Esta medida aplica tanto para turistas, visitantes de negocios, ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes, así como para personas que ya se hayan vacunado contra el COVID-19 como para quienes no.

Tipo de prueba

Los viajero deberán presentar en los puertos de ingreso una prueba viral negativa de coronavirus. Es decir, tanto las pruebas PCR como las de antígenos.

Vigencia de la prueba

Según la Embajada de Estados Unidos en México, desde el 26 de enero los pasajeros que ingresen a Estados Unidos deberán presentar una prueba de coronavirus con resultado negativo tomada tres días antes del viaje.

Adicionalmente, si un viajero contrajo el nuevo coronavirus y se recuperó, aunque goce de un período de inmunidad por anticuerpos, deben entregar la documentación de un profesional de la salud que certifique que se recuperaron del COVID-19 al menos 90 días antes del viaje.

¿A quién presentar la prueba?

Esto puede variar dependiendo del destino final del viajero. Por ejemplo, los resultados de las pruebas podrían ser solicitados por la aerolínea.

Según los CDC son las aerolíneas las que deben confirmar el resultado negativo de la prueba para sus pasajeros antes de abordar un vuelo. Igualmente las líneas aéreas tienen la potestad de denegar el embarque a cualquier persona que no proporcione la documentación relacionada al COVID-19.

Estos resultados negativos de sus pruebas pueden ser prestados de manera impresa o electrónica.

Se recomienda a las personas llegar con anticipación al aeropuerto para completar el proceso.

Viajes a Estados Unidos desde México y Canadá

Estados Unidos limitará de manera temporal los cruces fronterizos por tierra con Canadá y México únicamente a “viajes esenciales”.

Esta acción no evita que ciudadanos estadounidenses regresen a casa. Estas restricciones continuarán vigentes hasta el 21 de febrero de 2021.

¿Quiénes NO son viajeros “esenciales”?

Individuos que viajan por turismo, recreación, apuestas o para asistir a eventos culturales en Estados Unidos.

¿Quiénes SI se consideran viajeros “esenciales”?

• Los ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes que regresen a Estados Unidos.
• Personas que viajen por motivos médicos (por ejemplo, para recibir tratamiento médico en Estados Unidos).
• Quienes viajen para asistir a instituciones educativas.
• Aquellos que viajen para trabajar en Estados Unidos (por ejemplo los que trabajan en la industria de agricultura).
• Personal que viaje para dar respuesta a emergencias y propósitos de salud pública (por ejemplo, funcionarios de gobierno o personal de emergencia que entre a Estados Unidos en apoyo de esfuerzos de gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial en respuesta al COVID-19 u otras emergencias).
• Individuos involucrados en el comercio transfronterizo legítimo (por ejemplo, conductores de camión que mueven la carga entre Estados Unidos, Canadá y México).
• Funcionarios en viajes oficiales de gobierno o diplomáticos.
• Militares de viaje.