“Impactará todos los casos”: jueces de inmigración pierden poder en fallos sobre asilo – Univision

Los inmigrantes que a partir de ahora ganen un caso de asilo deberán esperar por una decisión final: el fiscal general ordenó que la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) revise nuevamente el expediente y determine si “los hechos encontrados por el juez de inmigración satisfacen todos los elementos estatutarios del asilo como cuestión de derecho”.

“La orden impactará todos los casos”, dice Armando Olmedo, un abogado de inmigración y coautor del libro ‘Inmigración: las nuevas reglas’. “A partir de ahora todos los asilos que sean otorgados por un juez serán revisados por la Junta”, agregó.

El fiscal general, William Barr, estipuló en la decisión que “al examinar una concesión de asilo, la BIA no debe aceptar las estipulaciones de las partes ni el incumplimiento de ninguno de los elementos particulares del asilo, incluidos, cuando sea necesario, los elementos de un grupo social en particular”.

Abogados consultados por Univision Noticias dijeron que la orden apunta a afectar severamente aquellos casos de asilo otorgados a víctimas de violencia doméstica y de pandillas, dos causales que el gobierno cuestiona en el marco de la política migratoria de ‘tolerancia cero’ y asevera que no se enmarcan dentro de las cinco causales estipuladas por el Congreso en la ley de 1980 que corresponden a persecución por motivo de raza, religión, sexo, opinión política o pertenencias a un grupo social en particular.

“Absurdo, increíble”

De “absurdo” e “increíble” tildó Alex Gálvez, un abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles (California) la orden emitida por Barr. “Cuestiona la credibilidad y la independencia a los jueces. No me cabe la menor duda que esto será llevado a una corte de apelaciones para ser impugnado. Le están quitando el poder a los jueces siendo que hace muy poco el gobierno perdió la batalla cuando intentó descertificar el sindicato de jueces de inmigración. Es una decisión totalmente absurda”, remarcó.

En la decisión, el Departamento de Justicia estipula que “incluso si un solicitante es miembro de un grupo social particular reconocible y ha sufrido persecución, se debe denegar una solicitud de asilo si el daño infligido o amenazado por el perseguidor no se debe a la pertenencia del extranjero a ese grupo”.

Añade que “ese requisito es especialmente importante para analizar cuando el grupo social en particular que se afirma abarca a muchos millones de personas en una sociedad en particular”.

La orden “se enfoca en evidencia proveniente de fuentes no gubernamentales y desea que solo se permita evidencia ‘creíble y probatoria’ para cada caso particular”, dice olmedo. “Especificamente, el Departamento de Justicia indica que la aunque la información de fuentes no gubernamentales puede ser útil, no le es en toda instancia”, añade.

En qué se basan

La decisión de Barr no es nueva. El 11 de abril de 2017, menos de tres meses después de que Donald Trump llegada a la Casa Blanca, el entonces fiscal general, Jeff Sessions, firmó un memorando interno donde definió la nueva política del gobierno en la frontera dirigida a dos objetivos: establecer la legalidad del sistema migratorio y disuadir la llegada de indocumentados, sobre todo aquellos que vienen en busca de asilo.

El blanco de la nueva política son los indocumentados que tratan de ingresar, los indocumentados que cruzan, quienes los ayudan a llegar hasta la frontera, quienes los transporten y hasta quienes les den albergue. A todos ellos, explica, “se les considerará para ser enjuiciados”. Y la prioridad la tendrán aquellos que “están transportando o albergando a tres o más personas”, categoría que bien puede ser aplicada, por ejemplo, a matrimonios con un menor de edad.

Dos años después, a finales de julio del 2019, Barr indicó que “desde ahora” los familiares inmediatos de una víctima de violencia no califican para pedir asilo en Estados Unidos.
Tras la revisión del caso LEA, dictaminado por la Corte de Apelaciones de Inmigración (BIA) en 2018, Barr dijo que el tribunal “reconoció incorrectamente a la familia inmediata del padre del demandado como un ‘grupo social particular’ para los fines de calificar y obtener asilo, de conformidad con la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA)”.

Argumentos oficiales

Para el gobierno de Trump la familia no constituye un grupo social, lo que llevó a Barr revertir la decisión del juez de inmigración. Un ejemplo de grupos sociales particulares son miembros de partidos políticos, pertenecer a una determinada etnia, ser homosexual, etc.

Barr dijo el año pasado que, si bien la BIA ha reconocido a ciertos clanes y subclanes como “grupos sociales particulares”, la mayoría de los miembros del núcleo familiar “no son intrínseca y socialmente distintos y, por lo tanto, no califican como grupos sociales particulares, por lo que no podrán utilizar la causa de la violencia cometida en contra de un familiar inmediato como un motivo de asilo.

En la orden emitida el jueves se lee que “la pertenencia de un extranjero a un grupo social en particular no puede ser “incidental, tangencial o subordinada a la motivación del perseguidor” en cuanto a “por qué el perseguidor [] trató de causar daño”… En consecuencia, agrega, “la persecución que resulta de la animadversión personal o represalias generalmente no respalda la elegibilidad para el asilo”.

“Lo que estos están diciendo es que la Junta puede determinar que un juez se equivocó al momento de otorgar un asilo”, dice José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami (Florida). “En ese caso valdrá la decisión de la Junta y no la tomada por el juez que concedió el asilo”.

Batalla perdida

En agosto, un año después de iniciada la batalla para desbaratar el sindicato de jueces de inmigración, el Departamento de Justicia perdió el pulso y no podrá obligarlos a implementar, como quiere Trump, la política migratoria de tolerancia cero en los tribunales.

La Autoridad Federal de Relaciones Laborales (FLRA) determinó a que los jueces de inmigración tienen plenos derechos laborales, decisión que les permite permanecer sindicalizados y ejercer conforme dicta el debido proceso migratorio y no obedecer órdenes del fiscal general.
“El intento del Departamento de Justicia de descertificar la Unión (o sindicato) no tiene mérito , dijo la Asociación Nacional de Jueces de Inmigración (NAIJ) en un comunicado tras conocer la decisión.

La agencia encargada de proteger los derechos y el lugar de trabajo de los empleados federales dijo no haber hallado mérito en los argumentos entregados por el Departamento de Justicia, respecto a que los jueces son “gerentes” a quienes se les debe negar el derecho de formar un sindicato y negociar colectivamente con su empleador.

Susan S. Bartlett, directora regional de la FLRA, escribió en la decisión que los jueces de inmigración “no son funcionarios administrativos porque ellos actúan como jueces reuniendo hechos de testigos y documentos, y aplicando esos hechos a las leyes, reglamentos, precedentes y decisiones existentes en la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA)”.

“Esa decisión le dolió al gobierno”, dijo Gálvez. “La orden de Barr quiere arrebatarles la capacidad de dictaminar un caso de asilo”, apuntó.

Carta pública

A mediados de 2018 un grupo integrado por 15 exjueces de inmigración publicaron una carta en respuesta a la decisión del exfiscal general Sessions de prohibir el asilo por violencia doméstica.

Los magistrados señalaron que, “como exjueces de inmigración con décadas de experiencia en el nivel de juicio y apelación, consideramos que la decisión del Fiscal General es una afrenta al estado de derecho”.

Los jueces dijeron, además, que las consecuencias de vida o muerte que enfrentan los solicitantes de asilo hacen que sea extremadamente importante mantener dicho análisis inmune a las consideraciones políticas a las que los miembros del gabinete están sujetos.

El grupo precisó que el reconocimiento de la BIA de que una víctima de violencia doméstica puede ser elegible para asilo como miembro de un grupo social en particular, fue la culminación de un proceso de 15 años a través de los tribunales de inmigración y la Corte de Apelaciones. Y que esta consideración fue certificada “por tres Fiscales Generales diferentes (un demócrata y dos republicanos), quienes finalmente eligieron dejar la determinación final a los jueces de inmigración y al BIA”, indicaron.

Estas prácticas no fueron consideradas en política migratoria de tolerancia cero encabezada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS).

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