Corte Suprema establece nuevos límites a los jueces de inmigración para otorgar alivios – Univision Noticias

La decisión emitida por la Corte Suprema el 13 de junio, donde niega fianza a inmigrantes indocumentados detenidos por más de seis meses, no solo afecta a los extranjeros privados de libertad, sino que limita a los jueces de inmigración ordenar alivios, sobre todo cuando participan en demandas colectivas disputadas en cortes federales.

“Y eso podría prolongar indefinidamente la permanencia de un extranjero en un centro de detención”, dice José Guerrero, un abogado de inmigración que ejerce en Miami, Florida.

En el dictamen del 13 de junio, el máximo tribunal falló 6-3 que la Sección 1252(f)(1) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) prohíbe a los tribunales inferiores ordenar o restringir ciertas operaciones federales de aplicación de la ley (enforzamiento) “a nivel de clase”, es decir en demandas colectivas.

“Esta herramienta judicial ha sido utilizada y permitido que la emisión de órdenes judiciales que exigen al gobierno, por ejemplo, liberar a inmigrantes detenidos por razones médicas, porque son vulnerables y médicamente corren riesgo de sufrir una enfermedad, como por ejemplo infectarse por COVID-19 y por esa razón deben ser liberados”, explica Guerrero.

El fallo del 13 de junio

La mayoría de los magistrados de la Corte Suprema decidió ese día que los inmigrantes indocumentados que hayan estado detenidos por más de seis meses a la espera de sus procesos de deportación no tienen derecho a salir libres bajo fianza.

La pregunta que revisó el máxino tribunal de justicia era si un extranjero detenido bajo el Título 8 del Código de Estados Unidos, Sección 1231(f)(1), tiene derecho por estatuto después de seis meses de detención a una audiencia de fianza en la que el gobierno pruebe ante un juez de inmigración que el extranjero podría fugarse o ser un peligro para la comunidad.

La respuesta emitida por la mayoría de los jueces fue categórica: no.

El tribunal, además, dijo que “en ningún lado la ley dice que usted tiene derecho a un juicio de fianza, sino que existen mecanismos para la puesta en libertad, pero la sección de inmigración correspondiente no indica que usted tiene derecho a una audiencia de este tipo”, indicó el dictamen.

Guerrero explicó que “muchos inmigrantes que tenían la esperanza de ser liberados mientras esperan la resolución de sus casos, deberán esperar que la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE) decida caso por caso, conforme a la discrecionalidad otorgada”.

Problema inmediato

La publicación Law360 entrevistó a varios expertos quienes advirtieron que el dictamen del 13 de junio “socava la capacidad” de los inmigrantes para impugnar posibles actividades ilegales y, al mismo tiempo, “cede el poder judicial al gobierno federal”.

La decisión, señala, además de dificultar el acceso a la justicia, condiciona o pone zancadillas al acceso a los tribunales de inmigración.

“El dictamen afecta las demandas colectivas (acción de clase) y solo permitirá que los extranjeros de manera individual demanden la obtención de un beneficio, caso por caso”, añade Guerrero. “El éxito de ahora en adelante dependerá si el inmigrante tiene acceso a ayuda legal y poder defender exitosamente su caso. Pero eso tiene un costo que no siempre el inmigrante puede costar”.

El fallo del 13 de junio respondió al caso de un inmigrante de origen mexicano, Antonio Arteaga-Martínez, quien fue deportado en julio de 2012 y regresó nuevamente al país sin autorización en septiembre de ese año. Agentes de ICE lo detuvieron nuevamente en 2018 y restituyeron la orden de deportación de 2012.

En un segundo veredicto de un caso simular, el tribunal dijo que las cortes de distrito no tienen jurisdicción para dictar una orden judicial colectiva.

La demanda fue presentada en un caso consolidado a nombre de Esteban Alemán González y Edwin Omar Flores Tejada. Al primero, también de origen mexicano, como Arteaga, el gobierno federal le había iniciado un procedimiento de deportación, pero los agentes de asilo (de la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración, USCIS) determinaron que tenía un temor razonable de persecución o tortura (CAT) en México.

Alemán González solicitó una audiencia de fianza ante un juez de inmigración después de haber estado detenido durante 180 días, pero la solicitud fue denegada.

“Dos tribunales inferiores han sostenido que, en ciertos casos, los inmigrantes tienen ese derecho” de solicitar una audiencia de fianza después de seis meses privado de libertad, dijo Yale-Loehr. “Pero la mayoría conservadora de la Corte Suprema puede estar en desacuerdo con esos fallos”, advirtió a comienzos de año cuando la Corte anunció que tomaría el caso.

La advertencia se cumplió con creces ese lunes con una decisión mayoritaria.

Dudas pendientes

Law360 dice que tras el fallo en el caso Garland v. Alemán González, “aún no se ha determinado el rango exacto de operaciones federales de inmigración que pueden proceder sin restricciones judiciales”.

Guerrero advierte que, al ser negadas las audiencias de fianza después de seis meses de privación de libertad, los inmigrantes corren el riesgo de permanecer encarcelados de manera indefinida.

Una de las razones de la demora en los procesos es el alto número de casos acumulados en la Corte de Inmigración (EOIR), que a finales de marzo superaba los 1.7 millones de casos.

Otro factor determinante es el acceso a ayuda legal estando detenido. “Es el peor estado que puede enfrentar un inmigrante que batalla por sus derechos de permanencia en el país”, dice Ezequiel Hernández, un abogado de inmigración que ejerce en Phoenix, Arizona.

“La ayuda legal juega una parte determinante para el éxito de un caso. Muchos centros de detención operan con contratistas privados y ellos ponen sus propias reglas que muchas veces dificulta o entorpece el encuentro entre un abogado y su cliente”, explica.

Hernández dice además que “aunque los abogados tienen mecanismos para hablar con ellos (los inmigrantes detenidos), a veces los protocolos de los centros de detención dilatan los encuentros, demoran mucho tiempo para poder reunirse con el cliente o el centro está a muchas millas de distancia. Todo eso encarece el costo de la representación legal”.

“Y a eso hay que agregar que muchas veces el abogado no tiene suficiente experiencia para navegar por un sistema que no está diseñado para favorecer al inmigrante”, indicó.

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Consecuencias “mortales”

Para la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), el fallo del 13 de junio emitido por la Corte Suprema puede tener consecuencias “mortales”.

“Negar audiencias de fianza puede tener consecuencias potencialmente mortales, especialmente dado el historial de abuso, negligencia y muerte en los centros de detención de la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE)”, dijo. “Y negar las demandas colectivas elimina a la gran mayoría de las personas que no cuentan con la representación necesaria para presentar casos individuales”.

La Unión dijo además que los fallos “anulan los dictámenes de las Cortes de Apelaciones del 9º Circuito y del 3er Circuito que requerían una audiencia de fianza si una persona en proceso de inmigración en curso es detenida por más de seis meses”.

“Si bien el fallo es un revés, nos complace que el tribunal haya reconocido que nuestros clientes pueden proceder con una impugnación constitucional de su encarcelamiento prolongado”, dijo Michael Kaufman, abogado principal de Acceso a la Justicia de Sullivan & Cromwell en la Fundación ACLU del Sur de California. “No existe un principio de debido proceso más fundamental que el de que el gobierno no puede encerrar a alguien durante meses o años sin una audiencia”, concluyó.

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